Es una acción que, aunque se repita a lo largo de las generaciones, la realidad es que la normativa evoluciona y actualmente sería sancionable. Hay que tener en cuenta que el Reglamento General de Conductores establece que el aprendizaje de la conducción se realizará en escuelas de conductores autorizadas, cuyos vehículos deberán estar dotados de un doble mando, para que el profesor pueda controlar el citado vehículo. Por tanto, se debe señalar que, en caso contrario, se estaría realizando una conducción sin carné, por lo que el conductor podría ser juzgado por cometer un delito contra la seguridad vial, pudiendo ser castigado con pena de prisión de tres a seis meses o con multa de 12 a 24 meses, o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
Incluso, si finalmente el juez considerase que no hubo delito, la acción también podría ser sancionada con una multa administrativa por importe de 500 euros y la pérdida de cuatro puntos, que podrían ser restados cuando se obtuviese el carné de conducir. Del mismo modo debemos recordar que, el propietario del vehículo, también podría ser sancionado con multa de 200 euros, porque entre sus obligaciones se encuentra la de impedir que el automóvil sea conducido por quienes nunca hubiesen obtenido el permiso de conducción.