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¿Puede mi mujer utilizar mi coche si no está incluida en la póliza?

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¿Puede mi mujer utilizar mi coche si no está incluida en la póliza?

Toda persona que disponga del correspondiente permiso administrativo para conducir vehículos puede hacerlo válidamente. Sin embargo, las entidades aseguradoras pueden incluir en la póliza de seguro determinadas cláusulas limitativas referidas a la edad del conductor y a la antigüedad del carné de conducir (habitualmente, menores de 25, 26, 27? años; antigüedad inferior a dos años, pudiendo ser variables estos parámetros) por considerar que existe agravación del riesgo en tales casos, aplicando una prima más elevada.

En caso de conducir el vehículo un conductor no declarado en póliza que incurra en una o ambas circunstancias, la entidad asumirá la cobertura de responsabilidad frente al tercero perjudicado, pero posteriormente serán aplicables las consecuencias previstas en la póliza, siendo generalmente las siguientes: no cobertura de los daños del propio vehículo; no cobertura de seguro de accidentes; repetición, o será, reclamación parcial o total de la indemnización y gastos abonados al tercero perjudicado, etc.

El plazo para la reclamación anterior será de un año desde que se efectuó el pago por la aseguradora, y se puede ejercitar contra el propio conductor y contra el propietario del vehículo, e incluso, de estar así contemplado en la póliza, contra el tomador del seguro. Por lo tanto, es aconsejable que cuando el conductor del vehículo tenga agravación de riesgo por edad o carné, sea declarado expresamente en el contrato.