Efectivamente, todo agente de la autoridad dentro de sus funciones de vigilancia, regulación y control del tráfico puede solicitar la documentación acreditativa de haber superado la inspección técnica del vehículo.
Hay que señalar que así se recoge expresamente en la normativa reguladora, donde también se especifica que los vehículos que hayan superado favorablemente la inspección técnica deberán llevar el distintivo que lo acredita y el último informe de la inspección, que el conductor deberá exhibir ante los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico cuando estos lo requieran.
No obstante hay que señalar que aunque los agentes de la Policía Local puedan solicitar la documentación de la ITV y, aunque puedan formular la correspondiente denuncia, si no está en regla, la competencia para sancionar por este tipo de infracciones no corresponde al municipio, sino que, en todo caso, quien finalmente tramitará el procedimiento sancionador y quien, finalmente, podrá imponer la correspondiente sanción es la Dirección General de Tráfico a través de sus jefaturas provinciales.