En un principio todas las piezas que un taller utilice en las reparaciones deben de ser piezas nuevas y adecuadas al modelo de vehículo que queremos reparar.
No obstante, se permite que se utilicen elementos, equipos o conjuntos reacondicionados o reconstruidos por los fabricantes, por los servicios autorizados por estos, o por industrias especializadas autorizadas expresamente por el Ministerio de Industria y Energía, teniendo la consideración de piezas usadas. Para ello, y según se establece en el Real Decreto 1457/1986 de 10 de enero, por el que se regulan la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación de vehículos automóviles, de sus equipos y componentes, el taller previamente y por escrito nos debe solicitar nuestra autorización.
No obstante, para la utilización de las mismas, el taller ha tenido que verificar su estado y que la reparación se realiza con garantía, dándonos información de la procedencia de los elementos o equipos que se utilizan.
Por ultimo, señalar que estas piezas también se suelen utilizar cuando la reparación sea urgente o se traten de elementos de modelos que han dejado de fabricarse y no existen repuestos, siempre que no afecten a los elementos activos o a los sistemas de frenado, suspensión y dirección del vehículo, siempre previo consentimiento escrito del cliente.