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Sanción por falsificar una tarjeta de aparcamiento para discapacitados

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Sanción por falsificar una tarjeta de aparcamiento para discapacitados

Varios son los supuestos que se pueden producir al respecto de este tema. En primer lugar, si verdaderamente se lleva a cabo la falsificación de una tarjeta de aparcamiento para discapacitados, teniendo en cuenta que se trata de un documento público, se estaría cometiendo un delito regulado en el Código Penal y que podría suponer la pena de prisión de 6 meses a 3 años y una multa de 6 a 12 meses.

Por otro lado, si en lugar de falsificar la tarjeta lo que se hace es utilizar una tarjeta verdadera, perfectamente válida, pero por una persona que no esté legitimada para ello, igualmente se estaría cometiendo un delito penal, con la misma pena descrita anteriormente.

En este caso se podría entender incluido a aquella persona que utiliza indebidamente una fotocopia de la tarjeta de aparcamiento de minusválido.

Hay que tener en cuenta que las tarjetas de aparcamiento para discapacitados son concedidas por el ayuntamiento correspondiente, con carácter personal e intransferible, para ser utilizadas, únicamente, cuando la persona titular conduzca un vehículo o sea transportada en él y, cuyo uso tiene que hacerse, directamente, con el documento original, sin que sirva una fotocopia, ni aunque sea en color.

Por último no podemos olvidar que el uso de una tarjeta de estacionamiento para discapacitados que no corresponda, también podrá suponer el correspondiente expediente administrativo, donde, por un lado, será posible que se imponga la multa por estacionamiento indebido, al realizarse el mismo en un lugar para el que no se dispone, por tanto, de autorización, cuya sanción podría ser de 200 euros; y, por otro lado, igualmente el inicio del correspondiente expediente administrativo que podría concluir con la declaración de retirada de la citada tarjeta y la pérdida de vigor si se realizó un uso indebido por quien fuese su titular.