Las piezas de desguace en principio son consideradas piezas de segunda mano, a los efectos de la garantía aplicable que sería mínimo de un año. No obstante esa garantía puede verse mermada en los supuestos siguientes:
–Si la pieza se hubiera comprado al desguace como 'chatarra'.
–Si estamos hablando de una pieza de desgaste, para las cuales el dato relevante no es tanto la garantía como la 'vida útil' prevista en sus características técnicas (por ejemplo, los neumáticos).
–Cuando la avería no sea por la mala calidad de la pieza de desguace, sino por un mal uso realizado por parte del conductor (como el hecho de pisar continuamente el embrague).
Por otra parte, todas las reparaciones o instalaciones que realice un taller quedan garantizadas. Esa garantía es de 3 meses o 2.000 kilómetros, o bien de 15 días o 2.000 kilómetros si se trata de vehículos industriales. El periodo de garantía cuenta desde la fecha de entrega del vehículo y tendrá validez siempre que el vehículo no sea manipulado o reparado por terceros. Si la pieza tiene una garantía mayor, será ésta la que se aplique.
La garantía se entiende total, incluyendo materiales aportados, mano de obra, transporte, el desplazamiento de los operarios, impuestos, etc.
Además, ya sea pieza nueva o de desguace, debemos tener en cuenta que para ser instalada en un vehículo debe reunir estos requisitos:
–El taller únicamente puede instalar en los vehículos automóviles piezas, elementos o conjuntos cuya utilización esté permitida por el Código de la Circulación.
-Las piezas, elementos o conjuntos que los talleres utilicen en sus reparaciones deberán llevar fijada de manera legible e indeleble la marca del fabricante y en su caso, la homologación del Ministerio de Industria. Para piezas pequeñas (arandelas, pasadores, etc.), si por su configuración o tamaño no es posible referenciar en ellas la marca, deberá constar ésta en etiquetas, marchamos o en el estuche o paquete que las contenga.
Al final de la reparación el cliente puede exigir al taller la exhibición y entrega de las piezas, elementos o conjuntos que hayan sido sustituidos y el taller estará obligado a ello, salvo que el cliente expresamente le exima de dicha obligación.